lunes, octubre 09, 2006

Concejo

“Si ningún otro concejal va a hacer uso de la palabra someto el proyecto a votación. Quienes estén por la afirmativa sírvanse levantar su mano...” Ésta es la fórmula que, una sesión tras otra, escuchamos de parte del presidente del Concejo Deliberante toda vez que se agota la discusión ante el tratamiento que todos los proyectos de ordenanza tienen en dicho cuerpo legislativo.

Si los debates que allí ocurren sirven para algo, es “agua de otro pozo”. Lo cierto es que muy pocas veces logran cambiar la posición que un determinado concejal tiene asumida desde antes de ingresar al recinto, y si se logra ese cometido es gracias a alguna “chicana” utilizada por otro, y sólo cuando hay un numeroso público presente.

Es de destacar que si se producen estos largos, y hasta agotadores debates, que en sí mismos no son malos, al contrario, es porque la única comisión que funciona es la General, que, como su nombre lo indica, está compuesta por todos los miembros del Legislativo. Allí, la discusión sobre tal o cual proyecto no se agota, o eso parece, porque en el recinto son expuestos los mismos argumentos, con el consiguiente lucimiento “para la tribuna” de quienes mejor manejan la oratoria.

Ahora bien, luego de todo este proceso que media entre la elaboración del proyecto de ordenanza y su sanción final, más la promulgación por parte del departamento Ejecutivo, si es que no es vetada, mecanismo muy utilizado últimamente, se supone que la norma entra en vigencia. Pero he aquí que no todas podrán aplicarse tal como están, o no se aplican por falta de...ganas.

Esta última semana sucedió algo de eso. De acuerdo a la Ordenanza 4668, que tiene relación con los seguros que deben contratar los vehículos de paseos turísticos, que “algún día” serán finalmente adjudicados por licitación, su primer artículo rezaba así: “Los vehículos afectados al Servicio de Circuitos para Paseos Turísticos deberán contar obligatoriamente con un seguro que cubra los riesgos de muerte, lesiones y daños materiales de pasajeros, terceros transportados y terceros no transportados. El seguro para los pasajeros y terceros transportados, deberán brindar cobertura aún cuando los mismos no se encuentren dentro del vehículo, en ese caso siempre durante todo el recorrido y tiempo del mismo”. Allí, a simple vista, no habría nada extraño. Sin embargo, si se lee con atención surge una curiosidad, a saber “El seguro... deberá brindar cobertura aún cuando los mismos (los pasajeros) no se encuentren dentro del vehículo”, lo que interpretado por un productor de seguros, o quien tenga la responsabilidad desde el municipio de controlar que se cumpla lo que efectivamente se pide, se entiende que cualquier pasajero que baje del vehículo, aunque más no sea para ir al baño en alguna de las tantas paradas en el recorrido y sufra algún accidente, el mismo deba ser cubierto por el seguro contratado por el propietario del transporte.

En esto hay un detalle, ese tipo de cobertura para estos vehículos no existe. Consecuencia: modificación del artículo de la ordenanza. La pregunta que cabe hacer en este punto es, para evitar sancionar y luego modificar la norma por inaplicable, ¿no es más simple asegurarse que lo que se exige pueda ser cumplido? En este caso con dos o tres llamados telefónicos se hubiera solucionado.

Otros de los casos es el de no aplicar la norma sancionada. Uno de los ejemplos es el de los vehículos de gran porte, Ordenanza 4325. en su artículo primero dice: “Se prohíbe en el radio del Municipio de Villa Carlos Paz, el estacionamiento en la vía pública de vehículos de gran porte”. Es indudable y constatable que no se cumple. Cuántos de estos vehículos pueden observarse estacionados en las cercanías de los hoteles de nuestra Villa, sobre calles barriales, que ni por asomo están preparadas para ello.

El espíritu de esta ordenanza era que estos colectivos fueran al predio donde las grúas se llevaban los autos en infracción. Por ello en su articulado se lee: “los cuales deberán dirigirse a su estacionamiento en el o los espacios que el Departamento Ejecutivo designe a tal fin, donde deberán permanecer hasta su regreso al lugar de origen”. Esto nunca se cumplió dado que este predio está ubicado a una considerable distancia del centro, y no hay ninguna empresa local que esté dispuesta a cubrir el servicio de traslado para los choferes y pasajeros. Aunque tampoco se preocupó por hacer algo al respecto. La ordenanza está pero no se insiste demasiado, ni por cumplirla, ni por preguntar por qué no se cumple.

Un último ejemplo, y no porque no haya más, sino por razones de espacio. La Ordenanza 4454, que se refiere a la relocalización de las antenas de telefonía celular, la cual, en su artículo segundo, estipula: “En virtud de la aplicación del ‘principio de precaución o prevención’, las instalaciones a las que se refiere el Artículo 1º deberán guardar una distancia mínima de doscientos (200) metros respecto de cualquier asentamiento urbano permanente, sea éste individual o colectivo, área que deberá mantenerse libre de ocupación”. Y da un plazo para que se cumpla con ello: “se otorga un plazo de noventa ( 90 ) días para la relocalización de las instalaciones existentes emplazadas en el ejido municipal.- Cumplido este plazo caducarán las autorizaciones vigentes”. La norma fue sancionada el primer día de julio del año pasado, o sea que, de acuerdo a lo estipulado las antenas estarían funcionando con las autorizaciones vencidas.

¿Se acordarán los concejales de esto? Por las dudas nadie pregunta qué pasó.

Ordenanzas imposibles de cumplir, otras que no se aplican, nadie que se interrogue al respecto. En esto, la principal responsabilidad le cabe al Concejo Deliberante, porque para qué se sancionan entonces la ordenanzas, para qué invertir tiempo, esfuerzo y recursos para aprobar algo que luego se transforma en letra muerta. Sin lugar a dudas que es un llamado de atención, sin que por ello se le haga el juego a quienes pretenden eliminar el Concejo, que, si bien esta opción existe (Gobierno de Comisión, por ejemplo), se estaría cercenando a la población uno de los principales canales ante el cual reclamar.

Queda a juicio de los representantes del pueblo el revalorizar su propio trabajo, una labor necesaria e insustituible, pero que, a juicio de algunos, ineficiente en muchos aspectos. Preocuparse y ocuparse por defender su trabajo es algo que debería comenzar a darse dentro del Concejo lo antes posible.



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